Cuando nos vamos a casar tenemos que preparar muchas así como tener otras tantas en cuenta, una de ellas es elegir el régimen económico matrimonial que aplicaremos a nuestro matrimonio y que tendrás repercusiones durante el mismo así como si por desgracia este acaba finalizando antes de tiempo, en este articulo te vamos a explicar cuales son los regímenes económicos matrimoniales existentes y sus características.

En primer lugar definiremos que es el régimen económico matrimonial, este no es otra cosa que el conjunto de normas que regulan las relaciones económicas entre los cónyuges y con los terceros ajenos al matrimonio.

En el ordenamiento jurídico español tenemos tres tipos de régimen económico matrimonial:

  • Gananciales: En este caso los beneficios económicos obtenidos durante el matrimonio por cualquiera de los cónyuges se hacen comunes para ambos, al disolverse la unión dichas ganancias se atribuyen por mitades a ambos.
  • En este tipo de régimen hay una limitación que son los conocidos como bienes privativos y que se regulan en el articulo 1346 del Código Civil y algunos por ejemplo son los adquiridos después del matrimonio por titulo gratuito o las ropas y objetos de uso personal que no tengan un extraordinario valor.
  • Separación de Bienes: Este tipo de régimen se caracteriza por la inexistencia de un patrimonio común, es decir a cada cónyuge le pertenecen los bienes que tenia antes del matrimonio así como los que cada uno adquiera a posteriori del matrimonio.

Régimen de participación: Es el modelo menos conocido y se regula en el articulo 1.411 del Código Civil y se basa en que cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte mientras dicho régimen esta vigente.

Si los cónyuges a la hora de contraer matrimonio no establecen cual de estos tipos de régimen se aplicara a su matrimonio, la ley establece que el sistema supletorio a aplicar será el de régimen de gananciales excepto en Cataluña donde establecieron el de separación de bienes en este supuesto.

Para elegir que tipo de régimen queremos que se aplique a nuestro matrimonio tendremos que prestar lo que se conoce como capitulaciones matrimoniales que se realizan en escritura publica ante Notario y dichas capitulaciones se podrán otorgar antes o durante el matrimonio asi como modificar el régimen establecido previamente.

Si tienes cualquier tipo de duda sobre que régimen escoger o se ha disuelto alguno de ellos y quieres saber que te corresponde nuestros abogados resolverán tus dudas.

Dejar un comentario